Señale la respuesta CORRECTA en relación con la regla de prorrata contenida en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido:
- A.El porcentaje de prorrata se aplicará a todas las cuotas soportadas, sean deducibles o no, mientras que la prorrata de prorrata especial se aplica solo a las cuotas deducibles.
- B.En el denominador de la prorrata general no computarán las entregas de bienes de inversión que el sujeto pasivo haya utilizado en su actividad empresarial o profesional.Respuesta correcta
- C.El porcentaje de prorrata se aplicará únicamente cuando el sujeto pasivo no haya optado por la aplicación de la prorrata especial.
- D.Las deducciones practicadas durante el año natural se regularizarán en la última liquidación cuando entre el porcentaje definitivo y el provisional haya una diferencia superior a 10 puntos porcentuales.
Explicación
El artículo 104.Tres.3º LIVA dispone expresamente que para la determinación del porcentaje de prorrata NO se computarán en ninguno de los términos de la relación (es decir, ni en numerador ni en denominador) 'el importe de las entregas y exportaciones de los bienes de inversión que el sujeto pasivo haya utilizado en su actividad empresarial o profesional'. Por tanto, la afirmación de la respuesta B es correcta. Opción A (incorrecta): El porcentaje de prorrata general se aplica únicamente sobre el impuesto soportado deducible, no sobre todas las cuotas soportadas. Además, no se computan las cuotas no deducibles por los arts. 95 y 96 LIVA. La prorrata especial no se aplica solo a cuotas deducibles, sino que es un sistema distinto de cálculo donde se diferencian las cuotas en función de su afectación. Opción C (incorrecta): Esta afirmación es incorrecta porque la prorrata especial es obligatoria cuando el montante total de las cuotas deducibles por prorrata general exceda en un 10% o más del que resultaría aplicando la prorrata especial (art. 103.Dos.2º LIVA). La aplicación de la prorrata general no depende exclusivamente de la opción del sujeto pasivo.