Pregunta 19

Hacienda - 2025 - Agente Hacienda

¿Cuál es el plazo que establece la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, para interponer un recurso de amparo constitucional por las violaciones de los derechos y libertades reconocidos en los artículos 14 a 29 de la Constitución originadas por disposiciones, actos jurídicos, omisiones o simple vía de hecho del Gobierno o de sus autoridades o funcionarios o agentes, una vez que se haya agotado la vía judicial procedente?

  • A.El de los quince días siguientes a la notificación de la resolución recaída en el previo proceso judicial.
  • B.El de los veinte días siguientes a la notificación de la resolución recaída en el previo proceso judicial.Respuesta correcta
  • C.El del mes siguiente a la notificación de la resolución recaída en el previo proceso judicial.
  • D.El de los tres meses siguientes a la notificación de la resolución recaída en el previo proceso judicial.

Explicación

El artículo 44 de la Ley Orgánica 2/1979, del Tribunal Constitucional, regula el plazo para interponer el recurso de amparo contra actos del Gobierno, sus autoridades o funcionarios. La respuesta correcta es la B: 20 días siguientes a la notificación de la resolución recaída en el previo proceso judicial. El recurso de amparo es el remedio procesal extraordinario que el ordenamiento jurídico español ofrece frente a vulneraciones de los derechos fundamentales y libertades públicas reconocidos en los artículos 14 a 29 CE (a los que se añade el derecho a la objeción de conciencia del art. 30.2 CE). La LOTC distingue tres modalidades de recurso de amparo según el órgano que dicta el acto impugnado: 1) Amparo contra DECISIONES PARLAMENTARIAS sin valor de ley (art. 42 LOTC): plazo de 3 meses desde que la decisión es firme. No requiere agotar previa vía judicial porque, por la naturaleza del órgano, no existe. 2) Amparo contra ACTOS DEL GOBIERNO O DE SUS AUTORIDADES O FUNCIONARIOS o de los órganos ejecutivos colegiados de las CCAA o de sus autoridades o funcionarios o agentes (art.