De conformidad con el artículo 1.3 de la Ley 50/1997, del Gobierno, los miembros del Gobierno se reúnen en:
- A.Comisiones Delegadas del Gobierno.Respuesta correcta
- B.Comisiones Subdelegadas del Gobierno.
- C.Sesiones Plenarias.
- D.Consejos de Gobierno.
Explicación
La Ley 50/1997 del Gobierno establece que los miembros del Gobierno se reúnen en Consejo de Ministros y en Comisiones Delegadas del Gobierno. El Consejo de Ministros es el órgano colegial más importante. Las Comisiones Delegadas asumen competencias específicas delegadas por el Consejo o el Presidente. Estos son los dos ámbitos estructurales de reunión de los miembros del Gobierno.