El órgano competente para establecer la sede de los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria es:
- A.El Gobierno, previa autorización de la Comunidad Autónoma afectada y del Consejo General de Poder Judicial.
- B.El Ministerio de Justicia, previa autorización de la Comunidad Autónoma afectada y del Consejo General de Poder Judicial.
- C.El Consejo General del Poder Judicial, previa audiencia de la Comunidad Autónoma afectada.
- D.El Gobierno, previa audiencia de la Comunidad Autónoma afectada y del Consejo General del Poder Judicial.Respuesta correcta
Explicación
El establecimiento de la sede de Juzgados de Vigilancia Penitenciaria corresponde al Gobierno, previa audiencia de la Comunidad Autónoma afectada y del CGPJ. La preposición 'audiencia' implica consulta vinculante pero decisión gubernamental. El CGPJ tiene papel consultivo, no decisorio. Las comunidades autónomas no tienen poder para establecer estas sedes; solo participan en consulta previa.