En el orden civil, para la interposición del recurso de revisión contra las resoluciones del Secretario Judicial será precisa la consignación como depósito:
- A.La cantidad de 25 Euros.Respuesta correcta
- B.La cantidad de 30 Euros.
- C.La cantidad de 50 Euros.
- D.No se exige la constitución de depósito.
Explicación
Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial (LO 1/2009), apartado 3, regula consignación de depósito para recurso de revisión contra decretos del Secretario Judicial en orden civil. El depósito es de 25 euros específicamente para revisión contra decretos. El depósito debe acreditarse documentalmente al interponer el recurso. Este mecanismo equilibra el acceso a justicia con la disuasión de recursos abusivos, fijando cantidad mínima simbólica.