En el procedimiento de Habeas Corpus:
- A.No es preceptiva la intervención de abogado y procurador.Respuesta correcta
- B.Es preceptiva la intervención de abogado y procurador.
- C.Será preceptiva sólo en los casos de delitos públicos.
Explicación
La respuesta correcta es A. La Ley Orgánica 6/1984 reguladora del Habeas Corpus establece en su artículo 4 que no es preceptiva la intervención de abogado ni procurador, principio inspirado en la sencillez y rapidez del procedimiento para facilitar el acceso de todos los ciudadanos a este derecho fundamental.