Cuando un individuo accede al conjunto o parte de un sistema de información, vulnerando las medidas de seguridad y sin estar debidamente autorizado, ¿estaría cometiendo un delito informático de los tipificados en el Código Penal?
- A.Sí, el simple acceso está penado aunque no se acceda a los datos.Respuesta correcta
- B.Sí, siempre que consiga acceder a los datos que contiene el sistema.
- C.Sí, siempre que consiga acceder a l sistema y divulgar los datos contenidos en este.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 197 bis 1 del Código Penal castiga el mero acceso no autorizado a un sistema de información, vulnerando medidas de seguridad, incluso sin que se accedan efectivamente a los datos ni se divulguen. El simple acceso no autorizado ya es delito punible.