Podrá procederse a la clausura de los establecimientos y locales que carezcan de las licencias necesarias con arreglo a la normativa vigente en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid, por:
- A.Según establece el artículo 27.1 de la Ley 17/1997 LEPAR, no dice que se podrá clausurar, sino que se deberá clausurar si se dan los requisitos mencionados.
- B.Podrán clausurar la Comunidad de Madrid o los Ayuntamientos en el ámbito de sus competencias.Respuesta correcta
- C.Deberá clausurarlos la Autoridad Gubernativa o la Autoridad Judicial.
Explicación
La respuesta correcta es B. La Ley 17/1997 de Espectáculos Públicos autoriza tanto a la Comunidad de Madrid como a los ayuntamientos a clausurar establecimientos sin las licencias requeridas, cada una en su ámbito competencial. Ambas administraciones tienen potestad (no obligación) de actuar ante infracciones en materia de espectáculos y recreo.