Conforme a lo dispuesto en el artículo 32 del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos, toda persona natural o jurídica que sea titular de un vehículo matriculado en España y que lo transmitiera a otra, aun cuando lo haga con reserva de dominio o de cualquier otro derecho sobre el vehículo, deberá notificarlo a la Jefatura de Tráfico de la provincia en que tenga su domicilio legal o a aquélla en que fue matriculado el vehículo, en el plazo de:
- A.Treinta días desde la transmisión.
- B.Veinte días desde la transmisión.
- C.Quince días desde la transmisión.
- D.Diez días desde la transmisión.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 32 del Real Decreto 2822/1998 (Reglamento General de Vehículos) regula los sistemas de alumbrado y señalización óptica de los vehículos, estableciendo las características técnicas de luces y reflectantes.