Según la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla la Mancha, en su artículo 97, es un derecho individual del empleado público que se ejerce colectivamente:
- A.La defensa jurídica y protección de la administración pública en los procedimientos que se sigan ante cualquier orden jurisdiccional como consecuencia del ejercicio legítimo de sus funciones o cargos públicos.
- B.Formación continua y actualización permanente de los conocimientos y capacidades profesionales.
- C.Libertad sindical.Respuesta correcta
- D.Recibir protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 97 de la Ley 4/2011 de CLM, conforme al TREBEP, reconoce la libertad sindical como derecho individual que se ejerce de forma colectiva. Derechos como formación o defensa jurídica son individuales puros, no colectivos.