De conformidad con el art. 24 de la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales, el responsable del tratamiento de datos, podrá imponer restricciones a los derechos de información, acceso, rectificación, supresión de datos personales o a la limitación de su tratamiento que, teniendo en cuenta los derechos fundamentales y los intereses legítimos de la persona afectada, resulte necesario y proporcionado para la consecución, entre otros, de los siguientes fines:
- A.Evitar que se cause perjuicio a la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales o a la ejecución de sanciones penales.
- B.Proteger la seguridad pública.
- C.Proteger la defensa nacional.
- D.Todas las respuestas son correctas.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 24 de la LO 7/2021 de protección de datos en prevención penal permite restringir derechos por: evitar perjuicio a investigación penal (A), proteger seguridad pública (B) y proteger defensa nacional (C). Todas son fines válidos.