En base al artículo 3.1 de la Orden INT/2223/2014, 27 de octubre. Cuando en un accidente se haya producido un menor un fallecido o con herido con secuelas graves, el conductor deberá inscribirse en el Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico, en el menor tiempo posible y, en todo caso, en el plazo máximo de:
- A.Veinticuatro horas desde que los haya conocido.
- B.Cuarenta y ocho horas desde que los haya conocido.
- C.Setenta y dos horas desde que haya ocurrido.
- D.Veinticuatro horas desde que haya ocurrido.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 3.1 de la Orden INT/2223/2014 establece que cuando se produce un fallecido o herido con secuelas graves, debe inscribirse en el Registro de Víctimas en plazo máximo de veinticuatro horas desde que ocurrió el accidente.