De conformidad con el artículo 25 de la Constitución Española de 1978:
- A.Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momentRespuesta correcta
- B.Nadie puede ser condenado pero si sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento
- C.Nadie puede ser sancionado pero si condenado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento
- D.Una persona puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito, falta o infracción administrativa, según la legislación vigente en aquel momento
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 25.1 de la Constitución Española consagra el PRINCIPIO DE LEGALIDAD PENAL Y SANCIONADORA: nadie puede ser condenado o sancionado por acciones que no constituyeron delito o infracción en el momento de producirse. Implica la irretroactividad in peius de las disposiciones sancionadoras.