De conformidad con el artículo 34 de la Constitución Española de 1978:
- A.Se reconoce el derecho de fundación para fines de interés general, con arreglo a la leRespuesta correcta
- B.Se reconoce el derecho de fundación para fines de interés general, con arreglo los reglamentos del Gobierno
- C.Se reconoce el derecho de fundación para fines de interés general, con arreglo los reglamentos de la Unión Europea
- D.Se reconoce el derecho de fundación para fines de interés privado, con arreglo a la ley
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 34.1 de la Constitución reconoce el DERECHO DE FUNDACIÓN para fines de INTERÉS GENERAL, con arreglo a ley. Es un derecho de configuración legal que permite afectar bienes a fines no lucrativos de utilidad pública.