Conforme a la Ley 17/1997, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid, es una infracción grave:
- A.La superación del aforo máximo permitido cuando comporte un grave riesgo para la seguridad de personas y bienes.
- B.Las modificaciones que requieran autorización o licencia en los locales, recintos, instalaciones, establecimientos y actividades, sin que las mismas hayan sido comunicadas a la autoridad competente.
- C.La suspensión o alteración de espectáculos y actividades recreativas, así como la modificación de sus programas sin causa suficiente que lo justifique.Respuesta correcta
Explicación
Conforme a la Ley 17/1997 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Madrid, suspender o alterar un espectáculo sin causa justificada es infracción grave (respuesta C). Aunque defrauda las expectativas del público y compromete la organización del evento, no implica el riesgo grave e inmediato para personas y bienes que caracterizaría una infracción muy grave.