Según lo dispuesto en el Decreto 184/1998, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e Instalaciones:
- A.Los espectáculos y actividades regulados en dicho Decreto pueden ser de carácter ordinario, temporal o extraordinario.
- B.La celebración de los espectáculos y actividades de carácter extraordinario requerirá autorización administrativa expresa del órgano competente de la Comunidad de Madrid.Respuesta correcta
- C.La celebración de los espectáculos y actividades de carácter extraordinario requerirá autorización administrativa expresa del órgano competente del Ayuntamiento en el que vaya a tener lugar la celebración.
Explicación
El Decreto 184/1998 clasifica los espectáculos en ordinarios (habituales en establecimientos fijos) y extraordinarios (singulares, no habituales). Los extraordinarios requieren autorización de la Comunidad de Madrid (respuesta B), no del Ayuntamiento, porque la Comunidad es la autoridad competente en materia de espectáculos públicos y debe evaluar sus condiciones de seguridad y aforo.