Según el artículo 490 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal NO es correcto afirmar que cualquier persona puede detener:
- A.Al que se fugare del establecimiento penal en que se halle extinguiendo condena.
- B.Al que se fugare estando detenido o preso por causa pendiente.
- C.Al que intentare cometer un delito, en el momento de ir a cometerlo.
- D.Al que tenga motivos racionalmente bastantes para creer en la existencia de un hecho que presente los caracteres de delito.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 490 LECrim permite a cualquier persona detener en 3 supuestos (huida de establecimiento penal, huida del detenido, intento delictivo), pero NO por meros indicios de existencia de delito (art. 492).