De Acuerdo con el artículo 148 del Reglamento del Cuerpo Policía Municipal de Madrid, los Distintivos pueden ser:
- A.De titulación.
- B.De especialidad.
- C.Ambas son correctasRespuesta correcta
Explicación
Reglamento PM Madrid art. 148: distintivos DE TITULACIÓN (académica) + DE ESPECIALIDAD (unidades/funciones). Ambas categorías uniformidad; forman parte imagen corporativa.