En relación con al artículo 130.1, de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, la responsabilidad criminal se extingue:
- A.Por el perdón del ofendido cuando se trate de delitos leves perseguibles a instancia del agraviado o la ley así lo prevea.Respuesta correcta
- B.Por la caducidad del delito.
- C.Ninguna de las anteriores es correcta.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 130.1 del Código Penal enumera las causas que extinguen la responsabilidad criminal, incluyendo el perdón del ofendido cuando se trate de delitos leves perseguibles a instancia del agraviado o cuando la ley lo prevea. La opción B menciona una «caducidad del delito» que no existe como causa legal en el Código Penal; la causa es la prescripción, no la caducidad.