Según el artículo 48.1.f del Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, en las vías sin pavimentar el límite de velocidad máximo será de:
- A.60 km/h.
- B.45 km/h.
- C.30 km/h.Respuesta correcta
- D.20 km/h.
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 48.1.f del Reglamento General de Circulación fija el límite máximo de velocidad en vías sin pavimentar en 30 km/h para todos los vehículos.