Pregunta 41

Policía Local - 2021 - Policía Local - Guadalajara

El artículo 17.1 del Código Penal establece que:

  • A.La conspiración existe cuando el que ha resuelto cometer un delito invita a otra u otras personas a participar en él.
  • B.La conspiración existe cuando directamente se incita por medio de publicidad o ante una concurrencia de personas, a la perpetración de un delito.
  • C.La conspiración existe cuando dos o más personas se conciertan para la ejecución de un delito y resuelven ejecutarlo.Respuesta correcta
  • D.La conspiración existe cuando el sujeto da principio a la ejecución del delito directamente por hechos exteriores, practicando todos o parte de los actos que objetivamente deberían producir el resultado, y sin embargo éste no se produce por causas independientes de la voluntad del autor.

Explicación

La respuesta correcta es C. El artículo 17.1 del Código Penal define la conspiración como el concierto de dos o más personas para ejecutar un delito y su resolución de ejecutarlo.