Se considera una falta contenida en el artículo 174 del Reglamento del Cuerpo de la Policía Local de Zaragoza:
- A.El ejercicio de actividades públicas o privadas incompatibles con el desempeño de sus funciones.Respuesta correcta
- B.El quebrantamiento de los principios de jerarquía y disciplina propios del Cuerpo de la Policía Local.
- C.La participación en huelgas, en acciones sustitutivas de las mismas, o en actuaciones concertadas sin alterar el normal funcionamiento de los servicios.
Explicación
La respuesta correcta es la A.El artículo 174 del Reglamento del Cuerpo de la Policía Local de Zaragoza tipifica como falta el ejercicio de actividades públicas o privadas incompatibles con el desempeño de sus funciones.