Tal y como dispone el artículo 171 del Texto refundido de Régimen Local:
- A.Pertenecerán a la Subescala Técnica de Administración Especial, las categorías de Inspector y Subinspector.
- B.Pertenecerán a la Subescala Técnica de Administración Especial, las categorías de Superintendente, Intendente Principal e Intendente.
- C.Pertenecerán a la Subescala Técnica de Administración Especial, los funcionarios que desarrollen tareas que son de una carrera para cuyo ejercicio exigen las leyes estar en posesión de determinados títulos académicos o profesionales.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 171 del Texto Refundido de Régimen Local establece que pertenecen a la Subescala Técnica de Administración Especial los funcionarios que desempeñan tareas que requieren posesión de títulos académicos o profesionales específicos, como médicos, arquitectos, ingenieros y abogados. Estos profesionales ejercen funciones técnicas especializadas en la Administración Local.