Pregunta 72

Policía Local - 2018 - Policía Local - Sevilla

El artículo 85.5 de la Ley de Seguridad Vial (Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre) señala que el conductor de un vehículo de dos ruedas que pretenda adelantar fuera de poblado a otro cualquiera lo hará de forma que entre aquél y las partes más salientes del vehículo que adelanta quede un espacio:

  • A.No inferior a 1,25 metros.
  • B.No inferior a 1,15 metros.
  • C.No inferior a 1,50 metros.Respuesta correcta

Explicación

La respuesta correcta es C. El artículo 85.5 del TRLSV establece la distancia mínima que debe dejar un conductor de vehículo de dos ruedas al adelantar fuera de poblado: no inferior a uno coma cincuenta metros respecto a las partes más salientes del vehículo adelantado.