La aprobación del Reglamento Orgánico Municipal, corresponde:
- A.A la Junta de Gobierno Local, en Municipios cuyo régimen de organización es el de Gran Población.
- B.Siempre al Alcalde.
- C.Al Pleno de la Corporación Local.Respuesta correcta
- D.A la Junta de Gobierno Local.
Explicación
La respuesta correcta es C. La aprobación del Reglamento Orgánico Municipal corresponde siempre al Pleno de la Corporación Local, siendo una atribución indelegable conforme al artículo 22.2.d) de la LRBRL.