Es competencia propia de la Diputación:
- A.La cooperación en el fomento del desarrollo económico y social y en la planificación en el territorio provincial, de acuerdo con las competencias de las demás Administraciones Públicas en este ámbito.Respuesta correcta
- B.La alteración de la calificación jurídica de los bienes de dominio público de los Municipios con población inferior a 30.000 habitantes.
- C.La cooperación en el fomento del desarrollo urbanístico en el territorio provincial, siempre que así lo considere la Consejería competente en materia de urbanismo de la Comunidad Autónoma.
- D.Ninguna de las tres anteriores es válida.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 36 de la LRBRL establece como competencia propia de las Diputaciones la cooperación en fomento del desarrollo económico, social y planificación en el territorio provincial.