Conforme a la normativa reguladora del transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR), cuando se transporten mercancías peligrosas bajo la exención de cantidades exceptuadas:
- A.El número máximo de bultos no podrá ser superior a 100.
- B.El número máximo de bultos no podía ser superior a 500.
- C.El número máximo de bultos no podía ser superior a 1000.Respuesta correcta
- D.Cuando la capacidad de los bultos sea superior a 1 Kg el número máximo de bultos no podrá ser superior a 250 Kg.
Explicación
Esta pregunta es repetida con respuesta duplicada respecto a otra anulada. Según el ADR, bajo la exención de cantidades exceptuadas no hay límites fijos de bultos, lo que genera discrepancia con la opción C.