Identifique cuáles de los que se detallan a continuación, son criterios para la graduación de las sanciones tributarias según el artículo 187 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria:
- A.Perjuicio económico para la Hacienda Pública, ocultación e incumplimiento sustancial de la obligación de facturación o documentación.
- B.Comisión repetida de infracciones tributarias, utilización de medios fraudulentos e incumplimiento sustancial de la obligación de facturación o documentación.
- C.Comisión repetida de infracciones tributarias, perjuicio económico para la Hacienda Pública e incumplimiento sustancial de la obligación de facturación o documentación.Respuesta correcta
- D.Ocultación, utilización de medios fraudulentos e incumplimiento sustancial de la obligación de facturación o documentación.
Explicación
La Ley General Tributaria distingue entre calificación de infracciones y graduación de sanciones. La calificación determina si una conducta es infracción leve, grave o muy grave, dependiendo de ocultación o uso de medios fraudulentos. Una vez calificada, la graduación matiza la sanción dentro del rango correspondiente, aplicando criterios como comisión repetida, perjuicio económico, o incumplimiento sustancial de obligaciones de documentación. La graduación es acumulativa: varios criterios pueden aplicarse simultáneamente para garantizar proporcionalidad.