Pregunta 64

Gestión Procesal y Administrativa - 2025 - Gestión Procesal y Administrativa

En el procedimiento de divorcio solicitado de mutuo acuerdo por uno de los cónyuges con el consentimiento del otro, la LEC establece:

  • A.Admitida la solicitud, citará a los cónyuges dentro de los cinco días siguientes para que se ratifiquen por separado en su petición.
  • B.Admitida la solicitud, citará a los cónyuges dentro de los tres días siguientes para que se ratifiquen por separado en su petición.Respuesta correcta
  • C.Inmediatamente después de la ratificación de los cónyuges dictará, en todo caso, decreto declarando la separación o el divorcio y pronunciándose sobre el convenio regulador.
  • D.Considerará los documentos aportados insuficientes en el plazo de diez días para toda la documentación aportada que fuera insuficiente.

Explicación

La respuesta correcta es B. El artículo 777 de la LEC establece que en procedimientos de separación o divorcio de mutuo acuerdo, el Letrado cita a los cónyuges dentro de tres días para que se ratifiquen por separado en su petición.