Formulados los escritos de demanda en el recurso contencioso-administrativo, una vez recibido por el Juzgado o Sala el expediente administrativo, ¿en qué plazo deberá formalizarse la demanda?
- A.En el plazo de veinte días.Respuesta correcta
- B.En el plazo de treinta días.
- C.En el plazo de quince días.
- D.En el plazo de diez días.
Explicación
En el procedimiento ordinario contencioso-administrativo, una vez que llega a manos del juzgado el expediente administrativo que ha enviado la administración, el juez fija un plazo para que el recurrente presente formalmente la demanda. Este plazo es estándar en la jurisdicción contencioso-administrativa y no debe confundirse con plazos más cortos del procedimiento abreviado o con otros procedimientos especiales. El plazo permite que la parte tenga tiempo suficiente para preparar adecuadamente su demanda con vista a todo el expediente.