De acuerdo con lo establecido en el III Convenio Colectivo de Correos, se consideran modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, entre otras, las que afecten a las siguientes materias:
- A.Jornada de trabajo
- B.Sistema de remuneración
- C.Horario
- D.Todas las respuestas anteriores son correctasRespuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. Según el III Convenio Colectivo de Correos, son modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo las que afectan a jornada de trabajo, sistema de remuneración y horario. Todas estas modificaciones requieren procedimiento específico con preaviso y permiten al trabajador rescindir su contrato si le perjudican.