El artículo 129 bis 2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, dispone que, en los actos que tengan por objeto la audiencia, declaración o interrogatorio a la persona menor o con discapacidad, será preceptiva:
- A.La presencia telemática, en todo caso de la persona que haya de intervenir, aunque las oficinas judiciales no tengan a su disposición los medios necesarios para ello.
- B.La presencia física de la persona que haya de intervenir y, cuando esta sea una de las partes, la de su defensa letrada.Respuesta correcta
- C.La presencia física, en todo caso, de la persona que haya de intervenir aunque resida en municipio distinto del que el que tenga su domicilio.
- D.La presencia física de la persona que haya de intervenir en su condición de funcionario o autoridad pública.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 129 bis 2 de la LEC requiere que en actos de audiencia o interrogatorio de menores o personas con discapacidad sea preceptiva la presencia física de esa persona y, si es parte del proceso, también la de su defensa letrada.