En Enjuiciamiento Criminal, se podrá solicitar la revisión de las sentencias firmes en los casos siguientes (Señale la respuesta correcta):
- A.Cuando haya recaído sentencia penal firme condenando por el delito de cohecho a alguno de los magistrados o jueces intervinientes en virtud de alguna resolución recaída en el proceso en el que recayera la sentencia cuya revisión se pretende, sin lo que el fallo hubiera sido distinto.
- B.Cuando haya recaído sentencia penal firme condenando por el delito de malversación a alguno de los magistrados o jueces intervinientes en virtud de alguna resolución recaída en el proceso en el que recayera la sentencia cuya revisión se pretende, sin lo que el fallo hubiera sido distinto.
- C.Cuando sobre el mismo hecho y encausado hayan recaído dos sentencias firmes.Respuesta correcta
- D.Cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos haya declarado que dicha resolución fue dictada en violación de alguno de los derechos reconocidos en el Convenio Internacional de nueva York de 1945.
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 954 de la LECrim establece como causa de revisión de sentencias firmes que hayan recaído dos sentencias firmes sobre el mismo hecho y encausado, entre otras causas como condena por delito de magistrados o violación del CEDH según TEDH.