En el recurso de casación penal, para decidir sobre el fondo del mismo:
- A.Es preceptiva la celebración de vista.
- B.Se decide sin celebración de vista.
- C.No es necesaria celebración de vista, salvo cuando las partes solicitaron la celebración de aquélla y la duración de la pena impuesta o que pudiera imponerse fuese superior a nueve años o cuando el Tribunal, de oficio o a instancia de parte, estime necesaria la vista.
- D.No es necesaria celebración de vista, salvo cuando las partes solicitaron la celebración de aquélla y la duración de la pena impuesta o que pudiera imponerse fuese superior a seis años o cuando el Tribunal, de oficio o a instancia de parte, estime necesaria la vista.Respuesta correcta
Explicación
En recurso de casación penal, la vista oral no es preceptiva sino excepcional cuando la pena impuesta o que pudiera imponerse sea superior a seis años o se estime necesaria.