Conforme a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el desistimiento en el recurso de casación:
- A.Puede hacerse exclusivamente antes de la resolución que tiene por preparado el recurso, sin ser necesaria ratificación del interesado.
- B.Puede hacerse exclusivamente antes de la resolución que tiene por preparado el recurso, previa ratificación del interesado, o presentando su Procurador poder suficiente para ello.
- C.Puede hacerse en cualquier estado del procedimiento, previa ratificación del interesado, o presentando su Procurador poder suficiente para ello.Respuesta correcta
- D.No cabe el desistimiento.
Explicación
El desistimiento en recurso de casación penal puede efectuarse en cualquier estado del procedimiento siempre que sea ratificado personalmente o con poder suficiente del procurador.