Según la Ley Orgánica del Poder Judicial, los Juzgados de Paz conocerán en el orden civil:
- A.De los asuntos civiles cuya cuantía no exceda de 90 euros.
- B.De los asuntos civiles cuya cuantía no exceda de 150 euros.
- C.De todos los asuntos civiles en el ámbito municipal.
- D.De los procesos sobre estado civil de las personas.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta oficial es D. No obstante, el artículo 100 LOPJ atribuye a los Juzgados de Paz competencia civil con cuantía no superior a 90 euros, sin mención específica a estado civil. La cuantía de 90 euros sería la más ajustada al texto legal.