Conforme a lo dispuesto en la LOPJ, los funcionarios tendrán derecho a un periodo de excedencia para atender al cuidado de cada hijo, no superior a:
- A.Un año.
- B.Dos años.
- C.Tres años.Respuesta correcta
- D.Cuatro años.
Explicación
Los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia cuentan con derechos especiales de compatibilización entre actividad laboral y obligaciones familiares y personales. La ley les reconoce expresamente el derecho a solicitar una excedencia para atender al cuidado de cada hijo, en casos de filiación natural, adopción o acogimiento permanente o preadoptivo. Esta excedencia tiene un límite máximo de tres años por cada hijo dependiente. El plazo coincide con el régimen general de los funcionarios públicos españoles, garantizando equidad entre distintos colectivos de servidores públicos del Estado.