En los procedimientos de impugnación de altas médicas en los que deba interponerse reclamación previa, el plazo para la contestación de la misma será de:
- A.Tres días entendiéndose desestimada una vez transcurrido dicho plazo.
- B.Cinco días entendiéndose desestimada una vez transcurrido dicho plazo.
- C.Siete días entendiéndose desestimada una vez transcurrido dicho plazo.Respuesta correcta
- D.Diez días entendiéndose desestimada una vez transcurrido dicho plazo.
Explicación
En procedimientos de impugnación de altas médicas en que sea obligatoria reclamación previa, la entidad gestora dispone de plazo de siete días para contestar según artículo 71 Ley 36/2011. Transcurrido plazo sin respuesta, se entiende desestimada la reclamación. El término es breve, reflejando urgencia de esta materia en garantía de derechos de asegurados.