La remisión de los documentos que se hallen en un Archivo Judicial de Gestión al correspondiente Archivo Judicial Territorial o al Archivo Judicial Central se formalizará periódicamente:
- A.Como mínimo con carácter anual, en función del volumen de gestión de cada archivo.Respuesta correcta
- B.Con carácter trimestral, una vez elaborado y remitido al CGPJ el Boletín Estadístico del trimestre de que se trate.
- C.Siempre en los meses de junio y diciembre.
- D.Obligatoriamente, con carácter mensual.
Explicación
El Reglamento 1/2005 del CGPJ sobre Archivos Judiciales establece que remisión de documentos desde Archivo Judicial de Gestión a Archivo Territorial o Central se formaliza anualmente como mínimo, en función del volumen de cada archivo. No existe periodicidad trimestral, mensual ni bimestral fija. La flexibilidad respeta realidades distintas de juzgados según carga de trabajo.