Tienen derecho a la asistencia jurídica gratuita:
- A.Los ciudadanos españoles, los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea y los extranjeros que se encuentren en España, cuando acrediten suficiencia de recursos para litigar.
- B.Los trabajadores pertenecientes al régimen de autónomos en determinados aspectos de los órdenes civiles y penales.
- C.Los ciudadanos españoles, los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea y los extranjeros que se encuentren en España, cuando acrediten insuficiencia de recursos para litigar.Respuesta correcta
- D.Las asociaciones que no tengan como fin la promoción y defensa de los derechos de las víctimas del terrorismo.
Explicación
El derecho a justicia gratuita corresponde a ciudadanos españoles, europeos y extranjeros que acrediten insuficiencia de recursos. La clave es el requisito correcto: insuficiencia (no suficiencia). Los trabajadores autónomos no tienen régimen especial; las asociaciones de víctimas del terrorismo sí lo tienen.