Pregunta 19

Tramitación Procesal y Administrativa - 2015 - Promoción Interna

Según lo establecido en el artículo 477 LOPJ, corresponde al cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa:

  • A.Practicar y firmar las comparecencias de las partes en relación con los procedimientos que se sigan en el órgano judicial, respecto a las cuales tendrán capacidad de certificación.
  • B.Comprobar que se ajusta la utilización de las firmas digitales sólo con la firma de las mismas.
  • C.La formación de avisos y expedientes, bajo la supervisión del superior jerárquico.Respuesta correcta
  • D.Realizar las tareas de registro, recepción y distribución de escritos y documentos, relativos a asuntos que se estuvieran tramitando en Juzgados y Tribunales.

Explicación

El Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa forma autos y expedientes bajo supervisión de superior jerárquico. Esta función de formación documental es esencial en oficina judicial. No practica comparecencias con certificación (función de Gestión) ni registra escritos (función de Auxilio Judicial). La tramitación requiere precisión formal y supervisión jerárquica.