Contra el Auto de Procesamiento:
- A.Sólo podrá interponerse recurso de reforma en cuanto a la situación personal del procesado.
- B.Sólo podrá interponerse recurso de reforma en cuanto a la fijación de la fianza.
- C.Cabe interponer recurso de reforma y subsidiario de apelación.Respuesta correcta
- D.Sólo cabe interponer recurso de apelación directo en ambos efectos.
Explicación
Contra el auto de procesamiento dictado por Juez de Instrucción caben recursos de reforma y apelación subsidiaria. El recurso de reforma se interpone ante el mismo Juez, mientras la apelación subsidiaria se sustancia ante la Audiencia Provincial. Esta estructura permite revocación inicial eficiente y revisión posterior ante instancia superior, equilibrando celeridad y garantía de derechos del procesado.