El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituya morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, comete:
- A.Delito de Usurpación del art. 245 del Código Penal.Respuesta correcta
- B.Delito de Extorsión del art. 243 del Código Penal.
- C.Delito de Coacciones del art. 172 del Código Penal.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 245.2 del Código Penal tipifica el delito de usurpación como la ocupación pacífica de un inmueble ajeno sin autorización. Se trata de la ocupación sin violencia ni intimidación, a diferencia de otros delitos como la extorsión (que requiere intimidación) o las coacciones (que implican violencia).