Para ser sujeto activo del delito de tortura es necesaria:
- A.La relación de cónyuge o persona que esté o haya estado ligada de forma estable por análoga relación de afectividad.
- B.La condición de autoridad o funcionario público.Respuesta correcta
- C.La relación de dependencia jerárquica o laboral.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 174.1 del Código Penal define la tortura como delito especial propio cuyo sujeto activo solo puede ser autoridad o funcionario público. Este es un elemento esencial e insustituible del tipo. Las opciones A y C describen relaciones relevantes para otros delitos, pero no para la tortura.