Pregunta 61

Policía Nacional - 2019 - Policía Nacional - Escala Básica

En el procedimiento Ordinario de solicitud de protección internacional, conforme a lo previsto en la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, se puede afirmar que transcurridos:

  • A.Tres meses desde la presentación de la solicitud sin que se haya notificado la correspondiente resolución, la misma podrá entenderse estimada.
  • B.Seis meses desde la presentación de la solicitud sin que se haya notificado la correspondiente resolución, la misma podrá entenderse desestimada.Respuesta correcta
  • C.Seis meses desde la presentación de la solicitud sin que se haya notificado la correspondiente resolución, la misma podrá entenderse estimada.

Explicación

La respuesta correcta es B. Según la Ley 12/2009 de asilo, transcurridos seis meses desde la presentación de la solicitud sin notificación de resolución, la solicitud se entiende desestimada (silencio administrativo negativo).