Según establece el artículo 3 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, por Ley de la Asamblea de Madrid se podrán establecer:
- A.Mediante agrupaciones de municipios, circunscripciones preelectorales que gozarán de plena personalidad jurídica.
- B.Agrupaciones de municipios de la propia provincia, circunscripciones/comarcas territoriales que gozarán de plena personalidad jurídica.
- C.Mediante agrupaciones de municipios territoriales, circunscripciones/comarcas territoriales que gozarán de plena personalidad jurídica.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 3 del Estatuto de Autonomía de Madrid permite, por ley de la Asamblea, establecer agrupaciones de municipios limítrofes como circunscripciones territoriales con plena personalidad jurídica. Esta estructura permite coordinación regional respetando la autonomía municipal básica.