Pregunta 80

Policía Local - 2025 - Policía Local - Valdemoro

¿La Hacienda Pública tendrá prelación para el cobro de los créditos tributarios vencidos y no satisfechos en cuanto concurra con otros acreedores?

  • A.Sí, siempre.Respuesta correcta
  • B.Nunca.
  • C.Sí, salvo que se trate de acreedores de dominio, prenda, hipoteca u otro derecho real debidamente inscrito en el registro correspondiente con anterioridad a la fecha en que se haga constar en el mismo el derecho de la Hacienda Pública, sin perjuicio de la disposición en los artículos 78 y 79 de la Ley General Tributaria.

Explicación

La respuesta correcta es A. El artículo 77 de la Ley 58/2003 establece que Hacienda Pública tiene prelación para cobro de créditos tributarios vencidos al concurrir con otros acreedores. Esta prelación es fundamental para garantizar recaudación de ingresos tributarios.