En un municipio de régimen común, el Pleno podrá delegar en la Junta de Gobierno Local:
- A.La aprobación de las formas de gestión de los servicios y de los expedientes de municipalización.
- B.El planteamiento de conflictos de competencias a otras Entidades Locales.
- C.La declaración de lesividad de los actos del Ayuntamiento.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 22.4 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local permite que el Pleno delegue sus atribuciones en el Alcalde y la Junta de Gobierno Local, con excepción de determinadas competencias indelegables. La declaración de lesividad de actos municipales es delegable, mientras que la aprobación de formas de gestión y el planteamiento de conflictos de competencias sí son indelegables.