Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Conforme a lo dispuesto en el artículo 15, el acuerdo de creación y las normas de funcionamiento de los órganos colegiados que dicten resoluciones que tengan efectos jurídicos frente a terceros, ¿al menos, dónde deberán ser publicados?
- A.En el Boletín o Diario Oficial de la Administración Pública en que se integran.Respuesta correcta
- B.En el Boletín Oficial del Estado
- C.En el Boletín Oficial de la Comunidad
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 15.3 de la Ley 40/2015 exige publicar los acuerdos de creación de órganos colegiados que dicten resoluciones con efectos jurídicos, al menos, en el Boletín o Diario Oficial de la Administración Pública respectiva. No es necesaria la publicación en el BOE ni en boletines autonómicos; basta el boletín de la Administración de que se trate.