Pregunta 74

Policía Local - 2025 - Policía Local - Torrejón de Ardoz

La inmovilización del vehículo, como medida cautelar, viene recogida la L.S.V., en su artículo:

  • A.104.Respuesta correcta
  • B.105.
  • C.106.

Explicación

La respuesta correcta es A. La inmovilización del vehículo como medida cautelar viene regulada en el artículo 104 del Real Decreto Legislativo 6/2015, que es el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Este artículo establece los supuestos concretos en que los agentes pueden proceder a inmovilizar un vehículo.